Ley penal tributaria
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2 de agosto de 2018
Disposición Nº 192 A.F.I.P.(B.O. Nº 33.924 del 2018-08-02)
Título IX de la Ley N° 27.430. Nuevo Régimen Penal Tributario. Extinción de la acción penal y dispensa de la denuncia penal. Procedimiento a observar en sede administrativa.. Mediante esta norma se aprueba el Procedimiento Aplicable - Extinción de la Acción Penal y Dispensa de la Denuncia Penal No Formulación de Denuncia Penal, y el Formulario F. 3200 - Acogimiento al Beneficio del Artículo 16 - Régimen Penal Tributario.
Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín... >
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Su Análisis
31 de agosto de 2017
,por Zarate, Victor Manuel
1.
INTRODUCCIÓN
Por la Ley Nº 27.063 (Código Procesal Penal de la Nación), se aprobó, como Anexo I, un nuevo ordenamiento de rito penal que aún no ha entrado en vigencia, pero que está previsto que lo haga el 1º de marzo de 2016 en el ámbito de la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.
En su artículo Nº 204, establece la obligación de denunciar. Tendrán obligación de denunciar los delitos de acción pública:
En su punto c), de dicho artículo que los escribanos y contadores en los casos de fraude, evasión impositiva, lavado de... >
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5 de diciembre de 2013
,por Santos Romero, Analía
¿Es punible por la Ley Penal tributaria no abonar en término los aportes a la seguridad social retenidos a los trabajadores?
De conformidad con lo establecido por el artículo 9º de la Ley Penal Tributaria, será reprimido con prisión de dos (2) a seis (6) años el empleador que no depositare total o parcialmente dentro de los diez
(10) días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, el importe de los aportes retenidos a sus dependientes, siempre que el monto no ingresado superase la suma de veinte mil pesos ($ 20.000) por cada mes. >
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27 de septiembre de 2013
,por Santos Romero, Analía
Una sociedad anónima que desde hace ya cerca de un año que presenta sus declaraciones juradas de jubilación en forma correcta (no maliciosa), pero no esta abonando los importes, aclaro que los montos entre aportes y contribuciones mensuales superan los $ 80.000, vale decir esta reteniendo los aportes obreros pero se encuentra en imposibilidad económica de abonarlos a la A.F.I.P. ¿es pasible que le apliquen la Ley Penal Tributaria?
La Ley Penal Tributaria es de aplicación cuando mediante declaraciones engañosas, ocultaciones
maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea... >
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11 de abril de 2012
Resolución General Nº 3309 A.F.I.P. (B.O. Nº 32.375 del 2012-04-11)
Ley N° 24.769 y sus modificaciones. Matriz de Intercambio de Información Penal Tributaria. Su implementación.. Por medio de la presente norma se aprueba la herramienta informática denominada “Matriz de Intercambio de Información Penal Tributaria” destinada a facilitar la transferencia recíproca de información fiscal, entre este Organismo y las administraciones tributarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vinculada a situaciones que puedan dar lugar a la configuración de los... >
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